twiteros cubanos libres

jueves, 20 de junio de 2013

URGENTE!!! @HablemosPress #Cuba DESALOJAN A FAMILIA NUMEROSA EN LA HABANA


  • #Cuba En estos momentos agentes de la Policia Nacional Revolucionaria cubana y la direccion Nacional de Vivienda desalojan por la fuerza a 2 mujeres con 4 ninos de un local ubicado en la calle San Miguel 416 entre las calles Lealtad y Campanario del municipio Centro Habana, informa Guillermo Ordones Lizama

miércoles, 19 de junio de 2013

#Piramideo para conectarse a internet desde #cuba AUNQUE A CASTRO NO LE GUSTE!!


Cubanos pueden conectarse a Piramideo

La novedosa red social es un servicio gratuito que la Oficina de Transmisiones a Cuba ha puesto al servicio de los cubanos en la isla para facilitar incluso su acceso a Internet.


 Piramideo

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La novedosa red social es un servicio gratuito que la Oficina de Transmisiones a Cuba  ha puesto al servicio de los cubanos en la isla para facilitar incluso su acceso a Internet.

“Conéctate, anúnciate y diviértete, ese es el lema que mejor describe a Piramideo”, asegura Silvana quien trabaja en la administración de la red.

“Si eres un cuentapropista puedes tener tu pirámide de clientes para anunciar tus productos, a tus amigos de una fiesta, a tus familiares para cualquier ocasión especial”, agrega.

Martínoticias.com, Radio y Televisión Martí presentaron el jueves ante el Congreso de Estados Unidos sus nuevas estrategias de comunicación para Cuba, entre ellas, Piramideo, durante el evento “Innovación a la velocidad de las noticias” organizado por el Buró Internacional de Transmisiones.

Para llegar a Piramideo no es necesario acceder a Internet, pero una vez en Piramideo, se puede acceder a Internet, de manera gratuita, el único costo es el de gasto de tiempo que tiene el celular local, explica Silvana.

Para participar en Piramideo hay que enviar un mensaje de texto inicial al 34 661-438-677. También la tecnología más moderna y sofisticada para facilitar el acceso a Piramideo, consiste en un dispositivo de papel que se instala como un USB en la computadora  y que cuenta toda la información necesaria.

Esta es la página de Piramideo que aparece en Internet con las instrucciones iniciales básicas. Abrir o hacer click de inmediato en Ayuda es importante, aclara Silvana.

Para ampliar haga clic en la imagen.

Piramideo


Para utilizar Piramideo, enviar un texto o un mensaje:

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Mas detalles de este proyecto AQUI https://www.piramideo.es/

Articulo original http://www.martinoticias.com/content/article/23476.html

SE BUSCAN CUBANOS que hayan luchado con las armas contra Castro




Yo soy Aldo Rosado Tuero, para Nuevo Acción TV y hoy quiero hablarles de un nuevo proyecto en el que estamos empezando a encontrarnos. En los comienzos de la incipiente tiranía  que ya se veía venir muy temprano, hubo una legión de patriotas que sin ser analistas políticos  ni personas altamente ilustrados, vislumbraron la traición que se avecinaba, y sin pensarlo dos veces se lanzaron a la lucha, que conllevaba el precio de pagar con la vida, o con una larga prisión su resistencia.

Fueron campesinos, hombres de pueblo, que han formado lo que yo he dado en llamar la "Legión de los Olvidados". De esos hombres y mujeres esta lleno el exilio. Andan por la calles de Miami y sus alrededores haciendo sus quehaceres.

Unos son barberos, otros son agricultores, otros son vendedores, muchos hasta limpian patios y llevan sus vidas en silencio, y sin hacer alarde de lo mucho que hicieron por tratar de evitar la siniestra tiranía que se apodero de Cuba. El dinero hace hombres sabios..ricos, perdón  el conocimiento hace hombres sabios, pero la humildad hace hombres grandes, y de esos hombres grandes y humildes que lo dieron y arriesgaron todo por luchar por luchar por la libertad, esta llena esta ciudad.

No eran políticos  ni hombres de letras, ni sesudos analistas, pero supieron ver mas claro que muchísimos  A estos patriotas olvidados, no les han dado premios internacionales, ni medallas, ni llaves de municipalidades, ni los han llevado a recorrer el mundo para exhibirlos como grandes patriotas y como lo que son, héroes de nuestra patria. Pero como ante dios y la patria, no existen héroes anónimos  es por lo que les nace hoy este humilde proyecto, del que les estoy hablando.

Es nuestro deber, dejar plasmados para la historia patria, para que quede en imagen y sonido, la historia de esta legión de los héroes  de los olvidados. Y para que las presentes generaciones, y las venideras, adquieran conciencia, de que hubo una pléyade de mujeres y hombres, cubanos, que se opusieron al totalitarismo, con las armas en la mano, en los montes y en el clandestinaje en las ciudades, pagando muchísimos con sus vidas y miles con largos años de prisión.

Por eso Nuevo Acción TV, lanza este humilde proyecto dedicado a la "Legión de los Olvidados" en próximas semanas, van a ver los primeros esfuerzos, de este proyecto, que es de bastante envergadura. Comenzaremos a recopilar y a publicar, entrevistas con estos héroes callados y silenciosos, que formaron la primera legión de resistencia armada a la incipiente tiranía  Sus vivencias Irán siendo dadas a conocer y se irán archivando, con la intensión de que en el futuro se pueda realizar un largo metraje documental, que recoja sus historias, que en conjunto formaran la historia de la "Legión de los Olvidados".

Como todos nuestros proyectos no acudiremos ni a la colecta,  ni pediremos gran, ni solicitaremos ayudas económicas  todo se ira haciendo a pulmón, con patriotismo y desinterés  sin partidarismos infecundos, saliendo los gastos de nuestros propios bolsillos como lo hemos hecho siempre, porque nunca le hemos cobrado a la Patria, ni un minuto que le hemos dedicado. Solo pedimos a nuestros lectores, y a nuestros televidentes que nos ayuden a localizar a personas que sepan a ciencia cierta, que forman parte de esta legión de callados y silenciosos héroes de la Patria que ya merecen que se les reconozca de una vez y por todas.

Es nuestro deber llevar a cabo esta tarea, hacia  este camino nos encaminamos, y lo comenzaremos a emprender hoy, y en las próximas semanas, verán los primeros resultados. Esperamos nos ayuden, solamente con eso, tratando de localizar la mayor cantidad posible de esas personas. Hasta las próximas semanas.

Video original http://youtu.be/OygnQDGxaJ4


E-Mail de contacto:
aldorosado1@bellsouth.net
admin@nuevoaccion.com


Teléfono de contacto  786- 227-6716 en Miami

domingo, 16 de junio de 2013

de como aplica Castro el DESTIERRO x provincias y la discriminacion en #cuba


Raro concepto de respeto a las libertades. Imposible de compartir.
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LEY No. 62 CÓDIGO PENAL
aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la sesión del día 23 de diciembre de 1987

LIBRO I PARTE GENERAL

TÍTULO VI LAS SANCIONES

CAPÍTULO IV LAS SANCIONES ACCESORIAS

SECCIÓN SEXTA El Destierro

ARTÍCULO 42.
1. La sanción de destierro consiste en la prohibición de residir en un lugar determinado o la obligación de permanecer en una localidad determinada.
2. El término de la sanción de destierro es de uno a diez años.
3. La sanción de destierro puede imponerse en todos aquellos casos en que la permanencia del sancionado en un lugar resulte socialmente peligrosa.
4. El destierro no es aplicable a las personas que no hayan cumplido los 18 años de edad.

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NOTA: Este artículo 42 no fue modificado, en forma alguna, por el nuevo Código Penal (modificaciones al anterior) "aprobado" el 15 del mes de febrero de 1999 y conocido como Ley 87 de ese año.


http://www3.cuba.cu/publicaciones/documentos/cubalex/Numero2/articulo4.htm
CUBALEX NÚMERO 2 ABRIL-JUNIO, 1997
Revista Electrónica de Estudios Jurídicos
Editora en jefe - Lic. Mariana Gómez Pérez


CONSIDERACIONES SOBRE LA SANCION ACCESORIA DE DESTIERRO
Lic. Tte.Coronel Agustín Aurelio Alvarez Hernández


I.- INTRODUCCION

Es evidente que estamos ante un fenómeno socio-jurídico que comprende la existencia de núcleos de delincuentes en diversos lugares de La Capital; la consecuencia de un período especial agudo que gravita sobre nuestra economía, con una imposición forzosa dado el empeño del imperialismo por mantener el bloqueo contra Cuba.

Esta situación ha exacerbado las pasiones de indisciplina, ha promovido relaciones comerciales ilícitas, la frecuente comisión de delitos de carácter económicos y contra la integridad corporal y la propia vida, que han puesto en peligro la seguridad de las personas y, por consiguiente, levantan un verdadero destiento entre la población.

La delincuencia es aliada de la contrarrevolución y del enemigo vecino, rompe el orden con su afán de parasitar en una sociedad de trabajadores y se burla de la cultura y del esfuerzo creador.

Ante tales circunstancias se requiere responder con el vigor y la energía suficientes. Cortar de raíz todo intento de subvertir la tranquilidad ciudadana y promover tales condiciones que no permitan el desorden ni el delito.

En la reunión de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en diciembre de 1990, Fidel se refirió a las cuestiones relacionadas con los delitos y apuntó: "...Y a los problemas que se tienen hay que unir los de la delincuencia, el de los robos... Hay muchos ladrones, pero todavía no se han tomado todas las medidas, o hay descuidos... Esto es -dijo- uno de los problemas y una de las tareas fuertes que tenemos. Y si a mi me preguntaran -recalcó- yo diría "pelotón para el ladrón", porque en realidad hacen daño, fastidian, perturban, elevan los gastos, desmoralizan. La batalla que se da contra el robo -añadió- la vamos a seguir dando hasta donde sea -y precisó- que no se pueden hacer ilusiones los que crean que es una temporada. No pensamos - advirtió el jefe de la revolución - tener tregua con los ladrones y en período especial creo que debemos apretar la mano, no hay que permitir que los ladrones se impongan y hay que buscar los medios de protección más fuertes, con la participación de todo el pueblo... Hemos tenido flojera en los jueces, en las autoridades, en los fiscales, leguleyismo excesivo, paternalismo, de todo..."1

El 10 de octubre de 1991 se da comienzo al IV Congreso del Partido Comunista de Cuba. Durante los debates se hizo referencia a la situación del delito, vertiéndose anécdotas sobre casos concretos que incentivaron al Comandante en Jefe: " Se cuestionó aspectos de la legislación y puso el ejemplo del que roba 200 pesos y paga una multa de 50, que más bien que una multa es un impuesto y convierte el robo en un negocio. No descartó la influencia de la situación actual, pero señaló que las causas del delito hay que buscarlas en un conjunto de factores. Fidel más adelante manifestó que no tenia dudas de que la batalla del delito tiene que ser de todo el pueblo, pero dijo que no nos orientaríamos de una manera correcta en tanto no contamos con mejores explicaciones de los fenómenos que originan esos problemas. En cuanto a las medidas sobre los elementos que tanto dañan al pueblo, que son socios potenciales de la contrarrevolución, que debilitan políticamente a la Revolución, Fidel expresó que debemos revisar nuestros sistemas penales, de manera de sacudirnos de algunos idealismos y que la cárcel se respete."2

El 10 de enero de 1992 el General de Ejército Raúl Castro Ruz al despedir el duelo de los jóvenes combatientes asesinados en la Base Náutica de Tarará, expresó: "...Y sepan los que en Miami reclutan carne de cañón y agitan a la gusanera interna por las emisoras radiales, que no vacilaremos en restablecer, si fuera necesario, los Tribunales Revolucionarios..." 3

Al mes siguiente, el 17 de febrero de 1992, en el Cementerio de Colón, en la despedida de duelo del compañero Rolando Pérez Quintosa, el único que sobrevivió unos días más al bárbaro acontecimiento de Tarará, el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, dijo: "...tenemos leyes y leyes que son severas, que castigan ejemplarmente determinados delitos, y hay que atenerse a las leyes; más sé que aquél es el sentimiento, la reacción que despiertan hechos de esta naturaleza. Muchos decían que todos tenían que haber sido sancionados a la pena máxima...". 4

En abril de 1992 Fidel concedió una entrevista al Comandante de la Revolución Sandinista Tomás Borges que fuera publicada en forma de libro bajo el título "Un Grano de Maíz". Respondiendo a una pregunta concreta Fidel respondió:

" Quiero decir...que estas penas se aplicaron en virtud de leyes previstas y tratándose de hechos sumamente graves. Nosotros tenemos que defendernos Qué armas usamos para defendernos ? Las armas de la legalidad, las armas de los códigos; las armas de los tribunales frente a los delitos. Con eso se defiende nuestra sociedad."

" Hay delitos comunes y delitos contrarrevolucionarios. Muchas veces los delitos contrarrevolucionarios son más repugnantes, incluso, que los delitos comunes. Con qué nos vamos a defender nosotros, si no nos defendemos con las leyes, con los códigos ? Qué, vamos a organizar escuadrones de la muerte ? Vamos a desaparecer gentes, vamos a utilizar esos medios de defensa ? No lo utilizaremos jamás, y no tenemos ningún otro medio que las leyes y los tribunales de justicia para defender la Revolución...".5

En la actualidad las medidas de saneamiento de la economía interna y su revitalización conducen cada vez más a la necesidad de vincularse a la actividad laboral. Los impuestos, el aumento de los precios en algunos artículos importantes, la aparición del mercado agropecuario y el industrial y de artesanía, etc., van cerrando la posibilidad de aprovechar las necesidades materiales para fomentar la economía ilegal, el llamado "mercado negro". En la medida que las condiciones van cambiando, los elementos ociosos, que quieren continuar su vida alegre sin trabajar, buscan desesperadamente soluciones a esos deseos, aumentando entonces el asalto, el robo, el raterismo y el crimen organizado.


II.- ALGUNOS ANTECEDENTES DE LA SANCION DE "EL DESTIERRO"

En el libro de Cesaré de Beccaria "De los delitos y de las penas", en el Capítulo 24 "Ociosos", decía: "El que turba la tranquilidad pública, el que no obedece a las leyes, esto es, a las condiciones con que los hombres se soportan u se defienden recíprocamente, deben ser excluidos de la sociedad, quiero decir desterrado de ella....Cuando en un ciudadano acusado de un atroz delito no concurre la certidumbre, pero si gran probabilidad de haberlo cometido, parece debería decretarse contra él la pena de destierro; más para determinar así es necesario un estatuto, al menos arbitrario y el más preciso que sea posible, el cual condene a esta pena la persona del que ha puesto a la nación en la fatal alternativa de tenerlo o de ofenderlo; pero siempre reservándole del sagrado derecho de probar su inocencia. Mayores deben ser los motivos contra un nacional que contra un forastero, contra un indiciado para la primera vez que contra el que ya lo ha sido otras." 6

En su tiempo ya Beccaria se preocupaba de la posibilidad del destierro como sanción, ya bien contra el "ocioso" simple como del "ocioso" enriquecido, siempre que vulnerara el buen orden social. El criminal, por tanto, mientras más circunstancias negativas concurrían en su actuación, más probable seria la aplicación de la sanción de destierro.

Fue ésta una sanción muy recurrida en los llamados "crímenes políticos", con el fín de alejar al "culpable" del lugar peligroso para la realización del delito que subvertia el orden de la sociedad bajo cuyo poder crecían las clases dominantes. Tiene su antecedente en la deportación que utilizaban las potencias europeas. El Código Español de 1879 utilizó el destierro y el confinamiento.

De la experiencia histórica quedó una enseñanza que bien encaminada puede ser positiva, la de alejar o extirpar el mal del territorio donde existen condiciones para la ejecución de determinados delitos.

Vale la pena señalar que en el Código de Defensa Social que tuvo vigencia en nuestro país desde 1938 hasta 1979, se recogió el destierro como sanción accesoria. El artículo 62 establecía: "El destierro durará de un mes y un día hasta un año y consistirá en obligar al reo a abandonar el lugar en donde tiene su residencia, debiendo trasladarla al que designe el tribunal, o guardar la distancia que el tribunal fije, del lugar de donde haya sido desterrado. Esta distancia no será, en ningún caso, menor de veinticinco kilómetros."7

Ajustado a la primera de las variantes del citado artículo 62, pero como medida político-administrativa y no como sanción penal, por lo años en que se limpió de bandidos las alturas del Escambray, por necesidades sociales y políticas, a fín de sanear los territorios infectados de contrarrevolucionarios y del efecto de su influencia, y posibilitar el fomento económico y social de la región, los familiares y colaboradores de estos congéneres se trasladaron a otros territorios del país: San Cristobal y Sandino, por ejemplo, en la provincia de Pinar del Rio.


III.- LA VIGENCIA DE LA SANCION ACCESORIA DE "EL DESTIERRO"

Como vemos, la historia gris del destierro como sanción cambió su naturaleza al cambiar la sociedad que se defiende con su aplicación. Tanto el Código Penal promulgado por la Ley No. 21 de 1979, como en la Ley No. 62 de 1988 que modificó aquella, se recogió también El Destierro como sanción accesoria, pero con una mayor claridad en su redacción y con un alargamiento del término de su imposición. Las propias experiencias exigieron su legitimación, como dijo Beccaria "para determinarlo así es necesario un estatuto..."

En el artículo 42 del Código Penal vigente quedó redactada la sanción accesoria de destierro de la forma siguiente:

1. La sanción de destierro consiste en la prohibición de residir en un lugar determinado o la obligación de permanecer en una localidad determinada.

2. El término de la sanción de destierro es de uno a diez años.

3. La sanción de destierro puede imponerse en todos aquellos casos en que la permanencia del sancionado en un lugar resulte socialmente peligrosa.

4. El destierro no es aplicable a las personas que no hayan cumplido los 18 años de edad.8

El destierro como se ha dispuesto tiene 2 acepciones: la primera es la prohibición de residir en un lugar determinado. En este caso se asemeja a la sanción accesoria de "prohibir frecuentar medios o lugares determinados". La diferencia radica que en este último caso, residiendo en un barrio dado se prohíbe su asistencia, digamos, a un establecimiento público o privado; mientras que en la variante del destierro, de lo que se trata es de no residir en un territorio, pero puede asistir a cualquier lugar, aún en el territorio donde se le ha prohibido residir.

Podemos imaginar un territorio limitado que puede extenderse a una o varias provincias, es decir, no a todo el territorio nacional; puesto que en el caso de necesitar sacar del país a una determinada persona, ésta debe ser, como dice Beccaria "forastero", correspondiéndole aplicarle la sanción accesoria de "Expulsión de Extranjeros del Territorio Nacional".

En la primera variante el sancionado tiene más posibilidades de movimiento. Si desterramos de la provincia Ciudad de La Habana a un reo, éste puede establecerse en algunas de las provincias colindantes. Entonces pudiera ser inefectiva la medida atendiendo a la personalidad del sancionado y las características de criminalidad de los hechos por lo que se le sancionó, y no solucionar el problema socialmente peligroso.

La segunda acepción de permanecer obligatoriamente en una localidad determinada por el tribunal, o confinamiento, tiene una connotación más relevante cuando se pretende la protección de una región o territorio de personas con alto porcentaje de peligrosidad social. Se trata en este caso, no sólo de imponer su cumplimiento en un territorio, sino que se le prohíbe salir de él, moverse para otro lugar.

Veamos en las condiciones de que hoy tenemos 14 provincias y un municipio especial como se entenderían estas variantes:

- Si obligamos a un sancionado a no residir en La Ciudad de La Habana, él puede residir en cualesquiera de las 13 provincias restantes y en el municipio especial; además puede transitar por la provincia Ciudad de La Habana, porque sólo se le ha prohibido residir.

- Si lo obligamos a permanecer en una localidad determinada por el tribunal, por ejemplo: Las Tunas, sólo podría tanto residir como transitar por aquella provincia, y no podría residir ni transitar por el resto del territorio nacional, es decir, ni por las 13 provincias restantes ni el municipio especial.

He aquí la sustancial diferencia en el enfoque de la pena a la que se le puede utilizar indistintamente, en relación directa con la personalidad del delincuente y con la situación político-social provocada por las acciones criminales que ponen en peligro la paz y el orden social.


IV.- EL ARBITRIO JUDICIAL

No escapa a nuestra reflexión el difícil arbitrio judicial, de la adecuación de la sanción. En el Código Penal en vigor, en su artículo 47, apartados 1 y 2 regula como disposiciones generales para la adecuación de la sanción lo siguiente:

1. El tribunal fija la medida de la sanción, dentro de los límites establecidos por la ley, guiándose por la conciencia jurídica socialista y teniendo en cuenta, especialmente, el grado de peligro social del hecho, las circunstancias concurrentes en el mismo, tanto atenuantes como agravantes, y los móviles del inculpado, así como sus antecedentes, sus características individuales, su comportamiento con posterioridad a la ejecución del delito y sus posibilidades de enmienda.

2. Una circunstancia que es elemento constitutivo de un delito no puede ser considerado, al mismo tiempo, como circunstancia agravante de la responsabilidad penal.

I.M.Gasperin, en su obra "La Sanción, funciones sociales y práctica de su aplicación", dice en su prólogo: " El problema de la aplicación de la sanción abarca una serie de cuestiones relativas a su esencia, sus fines, su individualización y otros.". Más adelante, en la página 101 agrega bajo el subtítulo "Los cambios sociales y la práctica judicial de aplicación de la sanción": "...La aplicación de los géneros y del sistema de sanciones asegura la posibilidad de que se pueda ejercer la compulsión punitiva y la educación, sobre la base de que se tomen en cuenta integralmente las condiciones materiales y espirituales de la vida social. En los casos concretos de aplicación de la ley penal, los tribunales imponen tal género y plazo de sanción que, selectivamente, influiría sobre el correspondiente tipo de personalidad del delincuente. La posibilidad real de lograr los fines de la sanción, de tomar en consideración las características objetivas y subjetivas del acto y la personalidad del culpable, sino también de lo adecuado del reflejo de las condiciones sociales imperantes en la etapa dada de desarrollo social en el sistema de sanciones."9

Observemos en la cita que hicimos de Beccaria, como, en su tiempo, ya diferenciaba al nacional del forastero y al individuo "indiciario"; es decir primario, del que "ya lo ha sido otras": reincidente o multireincidente; habiendo definido al delincuente merecedor de una sanción de destierro como "el que turba la tranquilidad pública, el que no obedece a las leyes, esto es, a las condiciones con que los hombres se soportan y se defienden recíprocamente".

Ante hechos que requieran el análisis de todos los pormenores y circunstancias para una decisión jurídico-penal, es indispensable tener en cuenta tanto la personalidad del inculpado, las características de los hechos y sus consecuencias, como la peligrosidad social que constituye, individual y de conjunto, partir de la situación político-social del territorio o lugar donde ocurre, y las condiciones de igual naturaleza que vive el país.

La personalidad quedará bien definida se verificamos la racionalidad del sujeto, sus antecedentes delictivos y social y la medida de su participación. Las características de los hechos pondrá de relieve las posibilidades y recursos utilizados, el grado de agresividad del autor y sus cómplices, lo que concatenará con la personalidad del inculpado yla gravedad de sus consecuencias: en cuanto a la vida y los bienes públicos o privados.

El caso sometido a juicio pondrá de manifiesto en toda su magnitud el acontecimiento jurídico procesado y la respuesta penal que requerirá.

Para el arbitrio el tribunal cuenta con instrumentos que legitiman su decisión. En primer lugar, el Código Penal, donde se establecen las figuras delictivas y las penas, con un marco sancionador, cuyos pilares, que sostienen fundamentalmente la decisión, son: LAS SANCIONES PRINCIPALES DE PRIVACION DE LIBERTAD Y LA MULTA: "nulla poena sine previa lege penale".

La sanción de muerte es de carácter excepcional; son subsidiarias de la sanción de privación de libertad, el trabajo correccional con o sin internamiento y la limitación de libertad. Y la amonestación se impone en sustitución de la multa.

"Se acepta la existencia de sanciones principales y accesorias, y de que se puede imponer ambas al autor de un hecho que la ley considera como delito, con lo que no se quebranta el principio de que por un mismo hecho no se pueden aplicar dos sanciones, ya que las sanciones accesorias son greneralmente limitaciones en el ejercicio de ciertos derechos incompatibles con el cumplimiento de la sanción principal; digamos, por ejemplo, la de privación de libertad y la de no desempeñar un cargo público....De modo que mientras que la sanción principal debe ser proporcional a la gravedad del delito, la sanción accesoria debe ser armónica con la naturaleza de la sanción principal..."10

Debemos entender por naturaleza de la sanción principal su especie, género o clase; es decir, si imponemos una sanción principal de privación de libertad es diferente a la sanción de multa o a la pena de muerte. Esta sanción de privación de libertad varia su especie si la subsidiamos por otras de las previstas en el Código Penal como principales también. De tal manera que su naturaleza tiene matices, variables, que proporcionan al tribunal fundamento para la decisión judicial.

Las sanciones accesorias no tendrían correspondencia con las principales si divorciamos la medida adoptada de los fines de la sanción, y del adecuo de ésta con las circunstancias de los hechos anti-jurídicos que se juzgan y la personalidad del acusado.

¿ Podemos afirmar que solamente puede ser combinada la sanción accesoria de destierro con la sanción principal de privación de libertad ? ¿Por qué no con la sanción de multa?

Si la privación de libertad es mayor a cinco años valdría la pena imponer una sanción accesoria de destierro de más de cinco años, teniendo en cuenta que se prevé su aplicación hasta diez años? De igual manera nos preguntamos si realmente sería consecuente con la realidad imponer esta pena accesoria si la principal ha sido de seis a diez años de privación de libertad.

Estas y otras dudas admiten el avalúo que pudiéramos suponer del arbitrio ante hechos que merezcan, verdaderamente, la imposición del destierro.

También la naturaleza de la sanción cambia cuando cambian o se modifican los principios que la justifican. La sanción de privación de libertad ejercida contra los revolucionarios que eran juzgados por enfrentar a la oprobiosa tiranía que gobernaba a Cuba antes de 1959, no puede compararse a ese mismo género de sanción impuesta a contrarrevolucionarios procesados por conspirar contra el legítimo poder popular. De igual manera hay que entender la sanción accesoria de destierro, cuando se esgrime en la actualidad en defensa de la tranquilidad ciudadana y la seguridad del orden social.


V.- CONTROL DE LA SANCIÓN ACCESORIA DE DESTIERRO

Otro problema a atender es el control del cumplimiento de la sanción accesoria de destierro. No es menos cierto que puede ser con facilidad violado si no se practican procedimientos y mecanismos muy concretos, en los que deben participar autoridad policiales y administrativas y las organizaciones de masas correspondientes.

A las sanciones accesorias las precede, lógicamente, alguna sanción principal, y nos parece que en la mayoría de los casos esta combinación es más dable cuando se impone la sanción de privación de libertad. Por lo general, las personas acreedoras de un tratamiento de destierro se caracterizan por su peligrosidad social, por lo que seguramente la circunstancias que rodean la personalidad del sujeto procesado y los hechos delictivos, así lo ameritan. En estos casos tiene importancia el papel que desempeñan los establecimientos penitenciarios a donde se remiten los sancionados a privación de libertad. Allí, una vez cumplida la sanción principal, remitirán al sancionado al territorio a donde fue desterrado, comunicándole a las autoridades de la Policía Nacional Revolucionaria de ese lugar, que se remisión se debe a que deberá cumplir la sanción accesoria, cuya información en su momento les fue comunicado por el tribunal sancionador. A su vez, la PNR del lugar donde se envía el desterrado le informa del particular a las organizaciones de masas que corresponda participar en su atención social y a la Oficina del Registro del Carnet de identidad de la zona donde residirá el sancionado.

El Tribunal sancionador le comunicará la decisión adoptada al órgano del Ministerio del Interior que responden por la organización y control del carnet de identidad, para su baja en el registro correspondiente.

El sancionado quedará obligado, en el territorio de su confinamiento, firmar semanalmente en las oficinas de la PNR de ese lugar para garantizar su permanencia y a no contar con tiempo suficiente para trasladarse a lejanos lugares.

El incumplimiento de su destierro infringir la disciplina judicial y conformaría el delito de "Incumplimiento de Sanciones Accesorias y de Medidas de Seguridad no Privativas de Libertad", previsto y sancionado en el artículo 167 del Código Penal, en el que se establece:

"El que incumpla alguna sanción accesoria o medida de seguridad no privativa de libertad que le haya sido impuesta, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas".

De esta manera al delincuente sancionado el camino que más le conviene es cumplir con la sanción impuesta. De otra manera sería nuevamente sancionado, y una vez cumplida esta nueva pena, tendría que seguir el tiempo que lerestaba por cumplir de la sanción accesoria impuesta de destierro, si el tribunal sancionador no dispone de otra decisión.

Con estas medidas y procedimientos coadyuvariamos a los fines de la sanción recogidos en el artículo 27 del Código Penal:

" La sanción no tiene sólo por finalidad la de reprimir por el delito cometido, sino también la de reeducar a los sancionados en los principios de actitud honesta hacia el trabajo, de estricto cumplimiento de las leyes y de respeto a las normas de la convivencia socialista, así como prevenir la comisión de nuevos delitos, tanto por los propios sancionados como por otras personas".

El círculo obligado en que se moverá el infractor de la ley y consecuentemente del orden social sólo le dejará el camino de enmendar su conducta, de lo contrario las medidas de la justicia y por consiguiente de la sociedad, no le dejará continuar con sus propósitos criminales.


VI.- LEGITIMACION DE LA POLITICA PENAL

Son los tribunales los que tienen que apreciar todos los elementos que intervienen en un fenómeno delictivo para decidir un sanción. Precisamente son a ellos a los que va dirigida, con propósitos de protección a la sociedad, de darcondiciones pacíficas a nuestro pueblo y lograr los fines persuasivos, preventivos y educativos de la sanción, la política penal que debe orientar el actuar objetivo, multilateral y completo de la autoridad judicial, sin inmiscuirse en sus facultades jurisdiccionales.

Debe entenderse que la función jurisdiccional del Estado, no por independiente del resto de sus funciones, puede y debe ejercerse aislándose como un poder y no reflejar las necesidades que demanda la sociedad.

La función política abarca todo el Estado y en ella está presente la vigilante pupila del Partido Comunista de Cuba. Se imbrica en todo el quehacer del Estado y del Gobierno; y en su máxima instancia: la Asamblea Nacional del Poder Popular (El Parlamento). Los tribunales le rinden cuenta porque están subordinados jerárquicamente a éste órgano y al Consejo de Estado, según lo establece la Constitución de la República de Cuba, en su artículo 121. Es por ello que en la propia Constitución el artículo 75, inciso m) dispone la atribución de la Asamblea Nacional del Poder Popular de "elegir al Presidente, a los Vicepresidentes y a los demás Jueces del Tribunal Supremo Popular".

El Consejo de Estado tiene entre sus atribuciones, según el artículo 90, la de "impartir instrucciones de carácter general a los Tribunales a través del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular". En el artículo 121, ya citado, se dispone también:

"El Tribunal Supremo Popular ejerce la máxima autoridad judicial y sus decisiones, en este orden, son definitivas.".

"A través de su Consejo de Gobierno ejerce la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria; toma decisiones y dicta normas de obligatorio cumplimiento por todos los tribunales y, sobre la base de la experiencia de éstos, imparte instrucciones de carácter obligatorio para establecer una práctica judicial uniforme en la interpretación y aplicación de la ley".

Creo que es valedero citar lo que la Constitución establece en su artículo 105, inciso m), en el que determina que una de las atribuciones de las Asambleas Provinciales del Poder Popular es "fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país".

Podemos observar que estos preceptos constitucionales legitiman la acción política para garantizar que los órganos judiciales atemperen sus decisiones a las condiciones sociopolíticas del país o de un territorio determinado, independientemente de que los tribunales, por sí mismos, tengan la facultad para elegir la especie de las penas y la cuantía de su ejecución. Pero lo que no debemos olvidar es que son órganos del poder del Estado, y de un Estado verdaderamente popular. Por esa razón las sanciones se dictan solemnemente a nombre del pueblo de Cuba, a quien se deben y protegen.

http://www.gabitogrupos.com/LACUBADELGRANPAPIYO/template.php?nm=1126000800

Escándalo: DETALLES DE COMO los cubanos asesoraron el racionamiento de alimentos en #Venezuela

por @DolarToday - June 15, 2013

De como la aplicación de la Cartilla de Racionamiento de Cuba en Venezuela se preparó desde hace varios anos con el beneplácito de Chavez y los hermanos Castro.




http://dolartoday.com/video/cubanos-asesoraron-a-arias-cardenas-en-l-racionamientode-alimentos-en-venezuela/

sábado, 15 de junio de 2013

Raúl Castro, tiene un proyecto secreto.


Raúl Castro, tiene un proyecto secreto.

El plan secreto de Raúl Castro es muy simple; consiste en devolver a la Cuba de José Martí, al camino de la “Democracia Representativa”, tradicional en toda la América y en el mundo occidental. Créalo o no lo crea, ese es hoy el propósito del tirano de recambio.

Han sido tantas las críticas en todos estos años y es tanta la disonancia del sistema cubano, a nivel hemisférico, que Raúl Castro pretende ir retornando al país, al concierto de las naciones americanas.

Raúl piensa restablecer nuevamente el parlamento bicameral, que sesionará en el Capitolio Nacional y para eso está remozando el edificio situado en el paseo que lleva el nombre del Apóstol, José Martí y Pérez y que está situado en el llamado kilómetro cero de la República, en la Ciudad de la Habana. El inmueble albergará de nuevo a la Cámara de Representantes y al Senado de la República.

Es de suponer que el Senado tendría, a partir de entonces, treinta Senadores y no doce como antes de la llamada revolución o sea dos por cada provincia. Esto, si tomamos en cuenta la actual división territorial del país. El número es muy conveniente, porque permite introducir a los principales pesos pesados, que serán los aseguradores del sistema.

Esta sería la llamada Cámara Alta y seguramente a Raúl Castro se le investirá como Senador Vitalicio al terminar su mandato “presidencial”. Lo que le garantizaría, inmunidad permanente, ante los Tribunales de Justicia. Algo muy parecido a lo que consumó Augusto Pinochet Ugarte, luego de concluido su mandato dictatorial en Chile.

Se restablecerá  el 20 de mayo de 1902, como la fecha de fundación de la República de Cuba y se conmemorará ese día, como Fiesta Nacional, acorde a la tradición. Se retornará paulatinamente a las costumbres ancestrales y a las antiguas tradiciones y celebraciones de los cubanos. Raúl reconoce que la memoria social está íntimamente arraigada en la memoria de los cubanos y que de todas formas, retornaremos por ellas.

El plan igualmente pretende, regresar a las elecciones presidenciales directas y hacer cambios  en los derechos de  propiedad, que le permitan a las empresas norteamericanas, recuperar el patrimonio confiscado a inicio de la revolución o de realizar negociaciones, para que no se afecte a los actuales propietarios. Claro, sabemos que aquí todo pertenece al Estado y citar al estado, es una forma de nombrar a los tiranos.

En última instancia, se darían esos  pasos, para conseguir que los Estados Unidos de América, reconozcan al gobierno cubano y se le suspenda el Embargo Económico y Comercial, permitiendo el libre flujo de los norteamericanos hacia Cuba. El embargo fue establecido desde los años sesentas y  es la causa primera por la que los gobernantes cubanos, no han podido sacar a Cuba del abismo. Además de otros numerosos disparates,  cometidos por ellos mismos.

Raúl Castro ha llegado a la conclusión, de que el único camino viable, para el resurgimiento de Cuba, es retornar al camino correcto y “des traicionar” el espíritu y la letra, de aquella revolución por la que sacrificaron sus vidas, tantos y tantos hombres y mujeres valiosos, para recuperar la democracia que había truncado la dictadura de Fulgencio Batista.

No he podido enterarme de si tratarán de restituir la Constitución del Cuarenta, ya más que envejecida y por mucho obsoleta o elaborar una nueva constitución, al estilo occidental y a su medida, cosa bastante fácil, pero según expresó Raúl, al menos los tribunales de justicia, se independizarán del poder ejecutivo, aunque concurrirán los mismos Jueces utilizados hasta este momento.

Los miembros del poder legislativo, serán los mismos miembros de la “Asamblea Nacional” agrupados a su conveniencia en las dos cámaras y sesionarán de manera permanente, con sus vacaciones, estivales e invernales y ya no por cuatro días en el año, como lo hacen hasta el día de hoy.

La cúpula o sea los más confiables, integraran el Senado, encargado de bloquear cualquier ley que amenace la integridad y la supervivencia de los llamados históricos. La cámara baja, que pueden rebautizarla como la Cámara de Representantes, para parecerse un poco más a los Estados Unidos, estará integrada por el resto de la asamblea y podrá albergar a algunos opositores, los más prominentes y conocidos a nivel nacional y en franca minoría.              

Tal vez se permita la formación de algún partido político independiente, al estilo de los antiguos países de la Europa socialista, sin posibilidad de controlar mucho o controlando muy poco y permitan que los opositores gobernemos, tal vez, alguna que otra alcaldía, como los opositores  venezolanos, más que amarrados, maniatados y amordazados.

Ahora Raúl Castro, podrá ser conocido, como el Deng Xiao Pin, de los tiempos modernos y se le  recordará, como el reformista de la historia  cubana contemporánea. Esto para tratar de que, aunque la historia no absolvió a su hermano Fidel, al menos que lo pueda absolver a él.

En definitiva lo que quiere Raúl es ganar un poco más de tiempo, porque  ya él  se encuentra, en el ocaso de la vida y tiene muy poco que perder.  Al menos puede tratar de evitar un baño de sangre entre los cubanos. En una nación tan polarizada y donde conviven tantos rencores. Si así resulta,  habría  que agradecérselo.

Esto verdaderamente no es una fábula, aunque a todas luces puede parecer una especulación. Ciertamente lo he visto con los ojos proféticos que Dios me regalo. Bueno, decía Jesús, que nadie es profeta en su propia tierra. Aunque alguien piense que es una locura imaginar este escenario, ya lo vislumbro y existen algunos elementos probatorios para llegar a esta conclusión, aunque no los citaré. Todo será cuestión de tiempo.

Eso no quiere decir que debamos esperar estos cambios, sentados y pacientemente. Ahora es que se precisa multiplicar la lucha y la protesta popular. Debemos exigir justicia, libertad para todos los Presos Políticos y respeto para los derechos humanos, así como el desmantelamiento de los cuerpos  represivos de la policía política.

Nada de esto podrá hacerlo Raúl, sin la anuencia de Fidel.  Y Fidel sigue siendo fundamentalista, intransigente y vengativo, pero calcula Raúl, que su hermano morirá en poco tiempo, esto es, no más de dos años. Ese será el momento para articular esas ideas, sin buscarse problemas con el sátrapa desvencijado y quedar bien con sus detractores y con la historia.

Raúl ya ha salido de verdaderos opositores, con conocimientos y con prestigio internacional, que le podrían haber echado a perder sus planes de reformador y además, hasta la familia del asesinado, Oswaldo Paya Sardiñas, se asiló en los Estados Unidos.

Así que ahora, podrán confeccionar una oposición, más cómoda y a su medida y con la experiencia adquirida en las votaciones electrónicas de Venezuela y con el fraude electoral institucionalizado, la victoria en las votaciones, está garantizada.

Así que retornaremos paulatinamente a la antigua República de Cuba. El plazo puede ser un poco largo, pero iniciaremos el camino de regreso. En ese sentido pienso que Raúl está consciente, de que la revolución ya fracasó.  


Héctor Julio Cedeño Negrín
Periodista Independiente de Cuba.
Ciudad de la Habana, jueves 13 de junio de 2013.

domingo, 9 de junio de 2013

#savejax Urgente! Para salvar a Jax el niño de la "piel de mariposa" #Minesota #eeuu


Las redes sociales intentan salvar la vida de Jax, un niño con piel de mariposa
ABC.ES@ABC_ES
Día 09/06/2013 - 03.17h

Las redes sociales intentan salvar la vida de Jax, un niño con piel de mariposa
FACEBOOK  Jax con los brazos vendados a causa de su enfermedad de piel de mariposa


Su madre ha iniciado una campaña para conseguir que la presión social acelere el proceso administrativo que permita operar a su hijo, de apenas dos años, en Minesota




La vida del pequeño Jax pende de un hilo. El tiempo corre en contra del delicado estado de salud en el que se encuentra este pequeño de casi dos años, mientras el sistema sanitario de EE.UU. se pone de acuerdo en cómo salvar su vida. Jax tiene Epidermólisis Bullosa, una rara enfermedad más conocida como «piel de mariposa». Necesita un transplante urgente en Minesota pero él pertenece al estado de Nueva York.
Jessica Valik, la madre de Jax, ha decidido llevar su particular lucha a las redes sociales. Una página de Facebook, una cuenta en Twittery un blog son las únicas «armas» de esta madre desesperada por conseguir que el NYS Medicaid, el programa sanitario para los habitantes del estado de Nueva York, apruebe el seguro médico que el pequeño necesita para que pueda someterse a un nuevo tratamiento en Minesota.
De momento, nadie responde a la ayuda desesperada de Jessica, quien ha decidido abrir una iniciativa en Change.org para conseguir que la presión ciudadana acelere el proceso administrativo del que depende la vida de su pequeño.
Jax nació en agosto de 2011 sin piel en algunos de sus dedos y con grandes ampollas en su pequeño cuerpo, especialmente en los labios, el interior de la boca y la garganta. Nadie sabía entonces qué le pasaba hasta que, pocos días después, le diagnosticaron Epidermólisis Bullosa distrófica recesiva, un tipo en el que las ampollas aparecen en la dermis, el estrato más profundo de la piel.

Transplante de médula

El University Of Minnesota Amplatz Children's Hospital ha sido el único centro hospitalario en el que a Jax le ofrecieron una solución el año pasado: un transplante de médula y células madre. Sus ganas de vivir, a pesar de solo tener un año de vida, pudieron con la gravedad de la intervención. Pero ahora, el pequeño Jax ha recaído. Su condición es tan crítica que necesita varias transfusiones de sangre a la semana para ser tratado.
El equipo médico de Jax está considerando un segundo transplante. Deberá ser tratado igualmente en Minesota pero, para ello, el NYS Medicaid debe aprobar el traslado. Los días pasan, nadie se pronuncia y Jax, ajeno a todo, desconoce que su madre coraje está haciendo todo lo posible, con el apoyo de quienes firman su iniciativa en Change.org, por salvarle la vida.


sábado, 8 de junio de 2013

Perder el miedo


Anarquía una fase del totalitarismo

Anarquía una fase del totalitarismo
Por: Martha Beatriz Roque Cabello

Juana Castillo Acosta, vecina de calle 1 C s/n entre 4 y 7 Final, en Bejucal, provincia de Mayabeque, con carné de identidad No. 71031626672, denuncia lo siguiente:
“El 23 de septiembre de 2012 llevábamos 3 días en huelga de hambre en nuestra vivienda, mi esposo Osvaldo Rodríguez Acosta y yo, porque nos oponíamos a que nuestro hijo de 24 años de edad, nombrado Osvaldo Rodríguez Castillo, fuera reclutado para el Servicio Militar, al que había estado siendo citado desde los 16 años”.
“Ambos somos miembros del Movimiento Alianza Patriótica, fundado por mi esposo. Ese día a las 11 de la mañana irrumpieron en nuestro hogar, derribando la puerta, 6 miembros de las fuerzas represivas encabezados por el coronel de la Seguridad del Estado Alberto Álvarez Rivero, sin mostrarnos órdenes de registro, en una clara violación de domicilio y además nos golpearon”.
“Media hora después se presentó la Brigada Especial y estando dentro de la casa, nos arrestaron a los tres, sin una orden de detención;  y también -sin nuestro conocimiento- se llevaron esposado a nuestro hijo menor, de 12 años, Cristian Rodríguez Castillo, al cual liberaron más tarde, y tuvo que quedarse con su abuela paterna”.
“Posteriormente, volvieron a la casa y efectuaron un registro, igualmente de forma ilegal, pues no se encontraba ninguno de los moradores. Se llevaron 350  cuc, el cargador de una cámara digital, diversos documentos y un celular. El celular me lo devolvieron pero sin el cargador”.
“A mí me liberaron al cabo de 3 meses y 10 días, el primero de enero de 2013, y tanto mi esposo como mi hijo mayor, continuaron detenidos. A los tres nos acusaron de Atentado, pese a ser los agredidos –pero eso forma parte de los métodos del totalitarismo-  y la Petición Fiscal contemplaba 11 años de privación de libertad para mi esposo, 8 para mi hijo y 5 para mí”.
“El juicio se celebró el 21 de marzo de 2013. A mi esposo lo condenaron a 10 años, 7 a mi hijo; y yo  quedé en 5 años de trabajo correccional sin internamiento. Todo se fundamentó en que el coronel Alberto Álvarez Rivero alegó que en el asalto le hicieron un hematoma (chichón), lo que sucedió en un movimiento defensivo de mi esposo. Para completar el castigo los internaron de forma separada en el Combinado del Este, al padre y en Valle Grande al hijo, lo cual me dificulta las visitas, además de no tener ninguna entrada económica”.
“El 30 de abril no dejaron pasar a la visita en el Combinado a Leonardo Frómeta Paredes, miembro de su movimiento y que está en la lista de los visitantes, por lo que el 2 de mayo se manifestó en protesta porque no le dejaron pasar la visita, por tener a su hijo en otra prisión y por la condena excesiva e injustificada; y lo trasladaron a una celda de castigo. Ese día no le dieron comida ni aseo y al día siguiente no le suministraron almuerzo. Estuvo allí hasta el 10 de mayo y cuando salió se plantó en huelga de hambre, retornándolo ese mismo día para la celda de castigo”.
“El día 16 de mayo me permitieron verlo por 5 minutos con la intención que lo convenciera para que dejara la huelga, a lo cual se negó, si no atendían sus demandas. El 22 de mayo y el 5 de junio fui a visitarlo pero no me han dejado volverlo a ver”.
“El último día de mis visitas, Alcides, del Área Especial y René, jefe de Reeducadores, me dijeron que lo habían llevado obligado a ponerle un suero, aunque él no quería asistencia médica y me informaron que estaba muy mal de salud.  Esto es lo mismo que critica el gobierno de los que están en huelga de hambre en Guantánamo”.
“No dispongo de recursos, ni siquiera cuando tuvimos que pagar al abogado; aunque solicitamos a la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional que fuéramos declarados presos políticos, nos contestaron que Amnistía Internacional todavía no se había pronunciado. Yo me pregunto ¿a qué esperan? Nosotros no hemos hecho nada, solo pensar diferente que el régimen y vivir en un pequeño pueblo lejos de la civilización, donde reina la anarquía, por lo que deberíamos ser los tres presos de conciencia”.
“No estamos recibiendo ayuda de ningún tipo, ya que no es de conocimiento de alguien que existimos y que solo por nuestra oposición al régimen estamos cumpliendo prisión. Todo nuestro proceso ha sido ilegal. Mi esposo se puede morir, ya que está muy sensibilizado con el hecho de que nadie le hace caso y que el régimen prepotente no oye sus reclamos.  La situación se ha prolongado en exceso y necesitamos apoyo urgente”.
   
Juana Castillo Acosta 
 Esta es la señora Juana Castillo Acosta que reclama ayuda internacional para su familia y que no dejen morir a su esposo en huelga de hambre en el Combinado del Este, donde cumple 9 años de privación de libertad.



jueves, 6 de junio de 2013

David Cooper y su profesía sobre #cuba


"En Cuba esperan abolir el dinero en diez años. Todo el mundo podrá entrar en los comercios y coger lo que necesite, sin pagar, o tomar trenes y autobuses para viajar a cualquier parte sin comprar billetes. Cada cual será lo voraz o abstemio que necesite ser, siempre que el apetito sea verdadero. Mientras tanto, cada mujer, hombre o niño en Cuba tiene un arma a su alcance, porque sabe que en Miami hay mucha gente con apetitos falaces, gente que está condicionada por el simplismo mental de coger y consumir y no ver que es consumida por su consumición"

Este inspirado y optimista parrafito, lo encontré casualmente en un libro que se llama "La Muerte de la Familia" publicado en Inglaterra en los 70. El autor, un tal señor David Cooper, un ingles nacido en Sudáfrica  era, destacadamente un furibundo marxista-existencialista y destacadamente también, antipsiquiatra.

Con los locos consiguió algunos resultados, pero como "profeta"  Cooper se fue con la de trapo. No dio ni una el pobrecillo. Me he reído un buen rato y luego he tenido ganas de llorar, leyendo eso de arriba. Porque se ha muerto mucha gente buena y brillante y valiosa, para que al fin Raul Castro coja ejemplo del "hermano pueblo sumerio" que hace como 5000 años invento lo que el viene a "descubrir" ahora, a saber,  EL TIMBIRICHE, la rueda redonda, el agua en jarro, el transporte en burro,  la prostitución (y no sagrada) y el chenche x chenche de toda la vida.

Cooper, que creía que la revolución comunista mundial era "inminente", se murió,  por suerte para el, del entusiasmo y del corazón, con solo 55 años, en su piso de Paris, a medidados de los 80. Y digo por suerte para el, porque si hubiera vivido para ver, el puterío en Cuba, la corrupción mafiosa en Rusia y el arroz con mango con lo peor de los dos sistemas en China, y que a pesar de los pesares TODOS SIGUEN PAGANDO..  lo habrían tenido que meter de cabeza en uno de esos manicomios que tanto hizo por cerrar. Así es la vida



martes, 4 de junio de 2013

La escasez llega a #venezuela y #argentina #hechoensocialismo


Los venezolanos empiezan a sufrir la escasez de papel higiénico, pollo, huevos y leche en polvo

LUDMILA VINOGRADOFF / CORRESPONSAL EN CARACAS
Día 04/06/2013 - 20.44h

A partir del lunes 10 de junio entrará en vigor las restricciones de la compra de 20 productos de primera necesidad. La amenaza de la cartilla de racionamiento desata el miedo entre los consumidores

Los venezolanos empiezan a sufrir la  escasez de papel higiénico, pollo, huevos y leche en polvo


L.V.


La nueva ocurrencia de Nicolás Maduro es estrenar una cartilla de racionamiento, al más puro «estilo cubano» en Venezuela, según informó ayer ABC. Veinte productos empezarán a formar parte de esta lista negra, que empezará a aplicarse el próximo diez de junio en más de 65 supermercados de toda Venezuela. La lista completa está formada por los siguientes artículos: pollo, carne de res, huevos, leche en polvo, queso blanco, queso amarillo, arroz, aceite, harina de maíz, harina de trigo, sardinas, caraotas (frijoles negros), lentejas, azúcar, margarina, mantequilla, pasta dental, pañales, servilletas, papel higiénico.

ABC ha ido a visitar el Automercado Plaza's de Los Palos Grandes en Caracas. En sus pasillos se percibía la preocupación, y el miedo, de las familias que empujaban sus carritos de la compra por un supermercado desierto, con cámaras frigoríficas vacías, ante la escasez de alimentos que azota a uno de los países más ricos en recursos naturales de América. Y del mundo. Estos son los principales productos, de la lista de los veinte, que se han visto afectados por la nueva medida:


El pollo, cuyo precio es 2,21 euros el kilo, y ha desaparecido de la camara frigorífca del supermercado.

7 euros, el kilo de leche en polvo

El papel higiénico, los huevos y la leche en polvo son otros de los productos que escasean. Su precios son, respectivamente, 2,18 euros el paquete de cuatro rollos de papel, 4,59 euros la docena de huevos, y 7,73 euros casi un kilo de leche en polvo descremada.

Los precios de otros productos que, aunque están dentro de la cartilla de racionamiento, siguen econtrándose sin dificultades en el supermercado son los siguientes: 3,43 euros el kilo de ternera, 13,49 euros el kilo de solomillo,19,01 euros el kilo de queso blanco, 0,88 euros el kilo de arroz, 0,80 euros el litro de aceite, 1,47 euros el kilo de harina de maíz, 0,75 euros el kilo de azúcar y 2,51 euros la pasta dental.



Los supermercados argentinos, desabastecidos tras pactar precios por presión del Gobierno
U. MEZCUA / MADRID
Día 04/06/2013 - 21.20h

El sábado congelaron el precio de 500 productos. El Ejecutivo de Cristina Fernández que busca combatir la inflación galopante que sufre el país

Las estanterías de algunos supermercados argentinos han amanecido hoy vacías de algunos productos como consecuencia del pacto alcanzado el pasado sábado por parte de algunos de los mayores distribuidores del país sudamericano para mantener estable el precio de quinientos bienes básicos.
Según medios de comunicación argentinos, detrás del pacto está la mano del Ejecutivo presidido por Cristina Fernández de Kirchner, que busca combatir la galopante inflacion que sufre el país, y que cerró el año pasado en el 25,6%.
Juan Vasco Martínez, director de la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), que agrupa a Jumbo, Carrefour y WalMart entre otras distribuidoras, ha desmentido que exista desabastecimiento aunque admite que algunos supermercados e hipermercado han implantado «medidas de racionalización» ante la creciente demanda.
Sin embargo, la versión digital del diario «Clarín» ha realizado un recorrido por varias tiendas y en el que comprueba que faltan productos básicos como azúcar, harina, arroz, aceite y carne picada.
El mismo diario cita a Fernando Blanco Muiño, titular de la Unión de Consumidores de Argentina, quien señala que, tras haber recorrido varios supermercados, «faltan de productos de la canasta básica o su falta de reposición. También verificamos que las cadenas pusieron límites de unidades por compra que antes no existían».